1. OBJETO DEL DOCUMENTO
La extraordinaria expansión de las redes de comunicaciones electrónicas y en especial de Internet, así como la incorporación de esta última a la vida económica y a la actividad comercial, hacen necesario establecer un marco jurídico adecuado que generen en todos los actores intervinientes la confianza necesaria para el empleo de este nuevo medio. La Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (de ahora en adelante LSSI-CE), establece la regulación del régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y de la contratación por vía electrónica, en lo referente a las obligaciones de los prestadores de servicios. El objeto del presente documento es facilitar una correcta adaptación a la normativa a su espacio web, conforme a sus peculiaridades, para cumplir con los requerimientos y obligaciones establecidos en la LSSI-CE, así como el cumplimiento en el envío de comunicaciones comerciales o publicidad mediante comunicación electrónica, entre las que se encuentran los mensajes remitidos por correo electrónico, SMS, MMS u otros sistemas equivalentes. En este sentido, el presente documento se mantendrá en todo momento actualizado y será revisado siempre que se produzcan cambios relevantes o sustanciales en las actividades desarrolladas por CLIMARENT S.L, las cuales puedan tener un impacto en el cumplimiento de la normativa en materia de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico.
2. IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD
Razón social: CLIMARENT S.L
NIF: B27690965
Dirección: CALLE CALIZA 6,28032 (MADRID)
Actividad profesional: CLIMARENT S.L dedica su actividad principal a: Alquiler de maquinaria
Área geográfica de desarrollo: CLIMARENT S.L desarrolla su actividad en el ámbito geográfico del territorio español.
CLIMARENT S.L, no dispone de filiales u otras empresas dentro de su estructura corporativa.
3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
3.1. OBJETIVO DEL PLAN DE ADAPTACIÓN A LA LSSI-CE
Debido a la continua evolución, a los cambios intrínsecos de los sistemas de información y a la propia complejidad de la organización, el documento intentará ser un marco estable y al mismo tiempo, flexible, en lugar de una descripción estática, por lo que se verá sometido a continuas actualizaciones. Todo ello, teniendo en cuenta la metodología de gestión de la mejora continua o ciclo de Deming, basada en cuatro etapas: Plan (Planificar), Do (Hacer), Check (Verificar), Act (Actuar).
El objetivo del presente documento, es principalmente fomentar actuaciones respetuosas con la legislación vigente y aplicable en materia Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico, y así asegurar un elevado cumplimiento de la normativa y poder evitar posibles sanciones administrativas o penales en CLIMARENT S.L.
3.2. NORMATIVA Y ESTÁNDARES DE REFERENCIA DEL PLAN DE ADAPTACIÓN A LA LSSI-CE
La elaboración del presente documento se ha fundamentado, principalmente, en la siguiente normativa de referencia y directrices que se detallan a continuación:
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.
- Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Ley Orgánica 34/2002 de 11 de Julio, Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.
- Guía sobre el Uso de cookies. AEPD, junio de 2022.
- Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones
- Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias
- Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información
- Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de Contratación
- Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo, por el que se transponen directivas en materia de mercados interiores de electricidad, gas y de comunicaciones electrónicas, y por el que se adoptan medidas para la corrección de las desviaciones por desajustes entre los costes e ingresos de los sectores eléctrico y gasista
- Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias
4. MEDIDAS Y POLÍTICAS PARA EL CUMPLIMIENTO NORMATIVO
4.1. POLÍTICA DE PRIVACIDAD
CLIMARENT S.L deberá cerciorarse de que los datos personales del interesado recabados en el sitio web, sean tratados según los principios relativos al tratamiento:
- Tratados de manera lícita, leal y transparente en relación con el interesado (“licitud lealtad y transparencia”).
- Recogidos con fines determinados, explícitos y legítimos, no pudiendo ser tratados de manera incompatible con dichos fines (“limitación de la finalidad”).
- Adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados (“minimización de los datos”).
- Exactos y, si fuera necesario actualizados adoptándose las medidas técnicas y organizativas razonables para que se supriman o rectifiquen cuando sean inexactos con respecto a los fines para los que se tratan (“exactitud”).
- Mantenidos de forma que se permita la identificación durante no más tiempo de lo necesario para los fines del tratamiento (“limitación del plazo de conservación”).
- Tratados de tal manera que se garantice una seguridad adecuada mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas (“integridad y confidencialidad”).
- Así, CLIMARENT S.L será responsable del cumplimiento de lo dispuesto anteriormente y deberá poder acreditarlo con posterioridad (“responsabilidad proactiva”).
Del mismo modo, el tratamiento que realice la entidad solo será lícito si cumple al menos una de las siguientes condiciones (“licitud del tratamiento”):
- el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos;
- el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales;
- el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento;
- el tratamiento es necesario para proteger intereses vitales del interesado o de otra persona física; el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento; el tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento o por un tercero, siempre que sobre dichos intereses no prevalezcan los intereses o los derechos y libertades fundamentales del interesado que requieran la protección de datos personales, en particular cuando el interesado sea un niño. Dicha base legítima no será de aplicación al tratamiento realizado por las autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones. Cuando el tratamiento se base en el consentimiento del interesado, el responsable deberá ser capaz de demostrar que aquel consintió el tratamiento de sus datos personales.
Si el consentimiento del interesado se da en el contexto de una declaración escrita que también se refiera a otros asuntos, la solicitud de consentimiento se presentará de tal forma que se distinga claramente de los demás asuntos, de forma inteligible y de fácil acceso y utilizando un lenguaje claro y sencillo. El interesado tendrá derecho a retirar su consentimiento en cualquier momento. La retirada del consentimiento no afectará a la licitud del tratamiento basada en el consentimiento previo a su retirada. Antes de dar su consentimiento, el interesado será informado de ello. Será tan fácil retirar el consentimiento como darlo. CLIMARENT S.L deberá incluir en los formularios que se usen para la recogida de datos personales, la información para dar cumplimiento al deber de informar recogido en los artículos 13 y 14 del Reglamento General de Protección de datos (en adelante RGPD). En este sentido, y con la finalidad de adaptarse a la normativa aplicable y vigente en materia de protección de datos, cuando CLIMARENT S.L obtenga los datos personales directamente de un interesado, tendrá que:
1. Facilitar la identidad y los datos de contacto del Responsable del Tratamiento y en su caso, de su representante, los datos de contacto del Delegado de Protección de Datos, en su caso y los fines del tratamiento a que se destinan los datos personales así como, la base jurídica del tratamiento.
2. Especificar los intereses legítimos del responsable o de un tercero cuando el tratamiento sea necesario para la satisfacción de esos intereses. Siempre que, sobre ellos no prevalezcan los intereses o los derechos y libertades fundamentales del interesado.
3. Facilitar los destinatarios o las categorías de destinatarios de los datos personales y en su caso, la intención del responsable de transferir datos personales a un tercer país u organización internacional y la existencia o ausencia de una decisión de adecuación de la Comisión.
4. Indicar el plazo durante el cual se conservarán los datos personales o los criterios utilizados para determinar el plazo de conservación.
5. Informar de la existencia del derecho a solicitar al Responsable del Tratamiento el acceso a los datos personales relativos al interesado, su rectificación o supresión (“derecho al olvido”), la limitación de su tratamiento o el derecho a oponerse al tratamiento, así como a la portabilidad de sus datos.
6. Informar sobre la posibilidad de retirar el consentimiento en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada. Así como, poner en su conocimiento la posibilidad de presentar una reclamación ante una Autoridad de Control.
7. Especificar si la comunicación de datos personales es un requisito legal o contractual, o un requisito necesario para suscribir un contrato y si el interesado está obligado a facilitar los datos personales e informar de las posibles consecuencias de no facilitar tales datos.
8. Informar sobre la existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles y, al menos en tales casos, informar sobre la lógica aplicada, así como la importancia y las consecuencias previstas de dicho tratamiento para el interesado.
Cuando CLIMARENT S.L no obtenga los datos personales del interesado tendrá que facilitarle la información descrita en el apartado anterior. Así como, las categorías de datos personales que se traten, la fuente de la que proceden y, en su caso, si proceden de fuentes de acceso público.
CLIMARENT S.L deberá incluir en los formularios o documentos que se usen para la recogida de datos personales, inclusive los establecidos en la página web titularidad de CLIMARENT S.L, la información para dar cumplimiento al deber de informar recogido en los artículos 13 y 14 del Reglamento General de Protección de Datos (en adelante RGPD), y, en caso de que sea necesario, hacer constar el consentimiento otorgado por el interesado.
Para hacer compatible la mayor exigencia de información que debe facilitarse al interesado cuyos datos de carácter personal van a tratarse se establece la posibilidad de presentar la información adoptando un modelo de información por capas o niveles, ello deberá estar en consonancia con que la información deberá proporcionarse con un lenguaje claro, sencillo y de forma concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso. El artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante LOPDGDD), regula la información básica que se requiere en una primera capa.
La información por capas consiste en:
- Presentación de Información básica (1ª capa): consiste en presentar una información básica en un primer nivel, de forma resumida, en el mismo momento y en el mismo medio en que se recojan los datos.
- Remisión a Información adicional (2ª capa): Consiste en presentar de forma detallada y completa la información, en un medio adecuado, estructurado, conciso y preciso. La forma de presentar esta información adicional depende de las características del medio empleado para informar, se podrá presentar en formato papel o en formato electrónico.